25 de abril de 2025

El TC avala el canon hídrico: entérate cómo se repartirá y qué dice la sentencia

El TC avala el canon hídrico entérate cómo se repartirá y qué dice la sentencia

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad del Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República por la promulgación de la Ley 31720, “Ley que crea el canon hídrico como medida de compensación a las poblaciones afectadas por trasvase de aguas”.

Conforme a la sentencia del Pleno del TC, recaída en el expediente 00016-2023-PI/TC, la distribución del canon requerirá de un informe previo elaborado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), que identifique cuáles son las zonas afectadas por el trasvase o represamiento del agua.

Detalla que la regulación incorporada por el legislador sobre la distribución del canon hídrico no es contraria al artículo 77 de la Constitución, porque se refiere de forma genérica a las “circunscripciones”, como las beneficiarias del canon, a condición de que se verifique la explotación de recursos naturales que generen rentas e ingresos para el Estado en su ámbito geográfico.

Agrega que el constituyente no ha establecido que en todos los casos los gobiernos regionales deberán ser destinatarios de canon, y que cuando la Constitución se refiere a los recursos asignados por concepto de canon, que forman parte de los bienes y rentas de los gobiernos regionales, se está refiriendo a aquellos que les asigne la ley.

Anota que el legislador no ha incorporado como destinatarios del canon hídrico a los gobiernos regionales, pero el hecho de no hacerlo no contraviene lo dispuesto en el inciso 7 del artículo 196 de la Constitución, referido a los recursos asignados por concepto de canon.

La sentencia tiene los votos de los magistrados Luz Pacheco Zerga (presidenta), Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez; y con fundamento de voto de los magistrados Helder Domínguez Haro (vicepresidente), Francisco Morales Saravia y Gustavo Gutiérrez Ticse.

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